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Otros:
Fecha:
12 agosto 2024
Materia:
Solicitud formulada por S.E. el Presidente de la República para prorrogar la vigencia de la medida dispuesta en el decreto supremo N° 78, de 24 de febrero de 2023, modificado y prorrogado por medio del decreto supremo N° 139, de 24 de mayo de 2023, y prorrogado la última vez por el decreto supremo N° 182, de 17 de mayo de 2024, ambos del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que faculta a las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública para ejercer las atribuciones previstas en el inciso segundo de la disposición quincuagésima tercera transitoria de la Constitución Política, con el propósito de contribuir en el control migratorio y en la detección de crímenes, simples delitos y faltas en determinadas zonas de las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá y Antofagasta, por el plazo adicional de 90 días a contar del vencimiento del plazo contemplado en el referido decreto supremo N° 182.
Sesión:
Sesión n°64, Ordinaria del 12 Aug 2024 a las 17:03hrs.
Tipo de Votación
Otros
Resultado
Aprobado
A Favor En Contra Abstención Dispensados
105 5 1 0

A Favor

En Contra

Abstención

Artículo 5° B ley orgánica constitucional del Congreso Nacional

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