Artículo:
Indicación renovada por los señores Duarte y Saffirio, para incorporar en el número 1), que modifica el artículo 13 de la ley, una nueva letra c) por la cual se incorpora el siguiente inciso segundo, nuevo:
"Asimismo, la sociedad solicitante deberá acompañar una declaración jurada suscrita por su representante legal en la que se manifestará el porcentaje de su capital social correspondiente a capital extranjero. Si este porcentaje fuese superior al limite establecido en el articulo 9°, inciso final, de la Ley N° 19.733 la adjudicación de la concesión, en su caso, quedará sujeta al cumplimiento previa de la acreditación que se exige en dicho artículo."
Trámite:
Primer Trámite / Primer Informe