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Proyecto de Ley:

Prohíbe la fabricación, comercialización, importación, exportación, utilización, tenencia y porte de dispositivos electrónicos aptos para interceptar, interferir o interrumpir cualquier tipo de señal que se emita a través de un servicio de telecomunicaciones, y establece sanciones en caso de incumplimiento

Legislatura:
371
Fecha de ingreso:
lunes 22 de enero de 2024
Estado
  • Tramitación terminada
  • (Ley N° 21.720 - D.Oficial 17/12/2024)
Numero de boletín
16598-15               
Materia:
Señales De Telecomunicaciones,Telecomunicaciones
Iniciativa:
Mensaje
Cámara de origen
Cámara de Diputados
Autor
Ministerio de Justicia y de Derechos Humanos | Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones | Ministerio del Interior y Seg. Pública

Votaciones

Sesión Artículo A Favor En Contra Abstención Dispensados Resultado Detalle
105 Enmienda propuesta por el Senado al artículo tercero transitorio, cuya votación separada ha sido solicitada por el diputado Gustavo Benavente, y que consta en las páginas 8 y 9 del comparado. 62 49 5 0 Aprobado Ver detalle votación
105 Enmienda propuesta por el Senado al artículo único, letra g), párrafos quinto y sexto, cuya votación separada ha sido solicitada por la diputada Lorena Fries, y que consta en las páginas 5 y 6 del comparado. 62 30 23 0 Aprobado Ver detalle votación
105 Enmiendas incorporadas por el Senado en el proyecto de ley, originado en mensaje, que “Prohíbe la fabricación, comercialización, importación, exportación, utilización, tenencia y porte de dispositivos electrónicos aptos para interceptar, interferir o interrumpir cualquier tipo de señal que se emita a través de un servicio de telecomunicaciones, y establece sanciones en caso de incumplimiento.”, con la salvedad de aquellas cuya votación separada ha sido solicitada. 109 0 1 0 Aprobado Ver detalle votación
25 115 0 12 0 Aprobado Ver detalle votación
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