RREE aprueba acuerdo de transporte entre Tacna y Arica

El objetivo es añadir y regular el régimen de infracciones y sanciones aplicables a cualquier persona que realice transporte remunerado de pasajeros, por carretera, entre ambas ciudades.

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Acuerdo transporte Tacna Arica

La Comisión de Relaciones Exteriores aprobó el proyecto que aprueba el Acuerdo entre Chile y Perú sobre infracciones y sanciones (boletín 17121), en relación al Convenio de Transporte de pasajeros por carretera entre Tacna y Arica.

Claudio Troncoso, director jurídico de la Cancillería, explicó que el convenio ya tiene una vigencia de cerca de 20 años y ahora se acordó añadir y regular el régimen de infracciones y sanciones aplicables a cualquier persona que realice transporte remunerado de pasajeros, por carretera, entre ambas ciudades.

El texto establece la responsabilidad de los transportistas en caso de acción u omisión y prevé los organismos competentes para la aplicación del Acuerdo. En el caso de Chile corresponde a la Subsecretaría de Transportes y su respectiva seremi.

Tipo de infracciones y multas

Troncoso detalló que el acuerdo establece el listado de las infracciones, que van desde gravísimas a leves, así como la multa pecuniaria asociada, expresada en dólares.

Además, considera una escala de sanciones por reincidencia, que pueden conllevar la suspensión o cancelación de los permisos, e incluso la inhabilidad para obtener un permiso de transporte.

En todo caso, se prohíbe la retención de un vehículo habilitado para trasladar pasajeros entre Tacna y Arica, por no pago de la multa en caso de incurrir en una infracción establecida en el Acuerdo.

De esta manera se establecen las siguientes infracciones:

Gravísimas, con multa de US$ 1.000

  • Prestar servicio fuera de las condiciones jurídicas consideradas esenciales
  • Usar vehículos con serias deficiencias técnicas
  • O, no amparados con el seguro obligatorio.

Graves, con multa de US$ 500

  • Prestar el servicio autorizado fuera de los límites establecidos por el permiso
  • Hacer modificaciones vehiculares fuera de las consideradas por el fabricante
  • Sobrepasar la capacidad del vehículo

Medias, con multa de US$ 250

  • Relacionadas con la prestación del servicio y su oferta

Leves, con multa de US$ 100

  • Porte y exhibición documental.

Consultas legislativas

Tras la presentación del representante del Ejecutivo, el diputado Alberto Undurraga (DC) consultó si este tipo de convenio se repite en otras carreteras o zonas fronterizas del país.

El presidente de la instancia, Vlado Mirosevic (PL), pidió precisar si la fiscalización es solo de la Seremi de transporte y/o excluye a carabineros.

Por su parte, el diputado Stephan Schubert (IND) consulto cómo se operó antes de este agregado. Es decir, si se fiscalizaba o sancionaba.

Sobre los puntos, Claudio Troncoso recalcó que el tráfico de pasajeros entre Arica y Tacna es intenso y, por ello, se acordó hacer este convenio. Asimismo, que no existirían acuerdos de similar naturaleza en otras regiones y países fronterizos.

Añadió que, independiente de las normas específicas del acuerdo, que busca garantizar el estándar del servicio prestado, obviamente también rige la Ley de Tránsito.

El diputado Félix González (IND) informará el texto a la Sala.