Reincidencia internacional como agravante penal es aprobada por la Sala

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La Sala de la Cámara aprobó y despachó al Senado el proyecto que regula la reincidencia internacional como agravante penal. La iniciativa surge a partir de un mensaje presidencial  (boletín 15892) y de una moción impulsada por el diputado Andrés Longton (boletín 15262).

El texto modifica el Código Penal y el Código Procesal Penal. Ello, para establecer la validez de las sentencias condenatorias extranjeras, como fundamento de la agravante de reincidencia. Asimismo, habilita al Ministerio Público para requerir cooperación y asistencia internacional.

En específico, el proyecto enmienda para sus fines los códigos Penal y Procesal Penal:

Reincidencia en el Código Penal: En este caso, se indica que para las agravantes se considerarán también las sentencias firmes dictadas por un  tribunal  extranjero. Ello, aun cuando la pena impuesta no haya sido cumplida, siempre que los hechos en que se funda la condena sean también delito en Chile. Para considerar si el delito cometido tiene asociada igual o mayor pena, se estará a la establecida en la ley chilena

Código Procesal Penal: En este cuerpo legal se modifica el artículo 20 bis sobre solicitudes de asistencia internacional del Ministerio Público, para hacer operativa la modificación sobre reincidencia internacional.

Conjuntamente, se permite al Ministerio Público solicitar directamente los antecedentes necesarios a las autoridades extranjeras. En paralelo, se exime del trámite de legalización o apostilla de esos documentos: el tribunal penal los valorará en su mérito.

Reincidencia e indicaciones

En el trámite en Sala se aprobaron dos indicaciones promovidas por el diputado Longton.

La primera de ellas incorpora en la escala general de penas la cancelación de la carta de nacionalización. Esto ocurrirá cuando el extranjero nacionalizado cometa delitos con pena de crimen. En estos casos, se procederá a la expulsión luego de cumplida la pena.

La segunda indicación, otorga a la Fiscalía un plazo de 5 días para recabar los antecedentes de nacionales o extranjeros que sean detenidos. Ello, con el fin de despejar que no hayan cometido delitos graves en su país de origen o en Chile.

En caso de que se venza ese plazo y aun no lleguen los antecedentes, se faculta al Juzgado de Garantía a dejar a la persona en prisión preventiva.

Durante el debate intervinieron las y los diputados Marlene Pérez (IND), Marcos Ilabaca (PS), Andrés Longton (RN), Mercedes Bulnes (IND), Marta Bravo (UDI), Renzo Trisotti (UDI) y Henry Leal (UDI). También lo hizo el ministro de Justicia, Luis Cordero.

Las y los parlamentarios valoraron esta iniciativa como una buena herramienta para combatir la delincuencia, en el caso de extranjeros que ingresan al país con historial delictivo.