Licencias médicas: Comisión despachó proyecto que fortalece fiscalizaciones y sanciones

La iniciativa establece penas de hasta cinco años de presidio para los profesionales de la salud pública que incurran en falsedades en el otorgamiento, obtención o tramitación de licencias médicas o declaraciones de invalidez.

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La Comisión de Salud terminó la tramitación del proyecto que busca fortalecer las facultades de los organismos reguladores y fiscalizadores de las licencias médicas. La norma (boletín 14845), además, establece nuevas sanciones administrativas y penales contra quienes hagan mal uso de este beneficio laboral.

El proyecto, en segundo trámite constitucional, determina que solo podrán emitir estas licencias médicos cirujanos, cirujanos dentistas o matronas, que se encuentren inscritos y legalmente habilitados en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud de la Superintendencia de Salud.

Asimismo, se establecen nuevas exigencias para médicos cirujanos que hayan obtenido o revalidado su título a partir del 19 de abril de 2009. En este caso, se les exigirá haber aprobado el Examen Único Nacional de Conocimientos de Medicina (Eunacom).

Licencias médicas electrónicas

El proyecto también regula las licencias médicas electrónicas y el registro clínico electrónico, así como la atención de salud digital. Aquí establece que el documento se materializará en un formulario especial. En él se registrarán todas las certificaciones, resoluciones y autorizaciones que procedan.

El texto agrega que, excepcionalmente, podrán emitirse en papel solo en casos de falta de medios tecnológicos o conectividad. O bien, cuando se trate de un o una profesional autorizado previamente por la respectiva Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin).

Junto a ello, establece que, para el otorgamiento y tramitación de la licencia médica electrónica, existirá un sistema de información. Este lo podrán operar entidades públicas o privadas y su fiscalización será responsabilidad de la Superintendencia de Seguridad Social (Suceso).

Por otro lado, en el proyecto se establece que los profesionales que realicen atenciones a distancia o telemedicina deberán estar habilitados para este ejercicio y para la emisión de licencias médicas. Es decir, deberán utilizar una plataforma tecnológica conforme a la Ley de Derechos y Deberes de los Pacientes, que deberá contemplar un registro de atenciones.

Mal uso de licencias médicas

La norma también faculta a la superintendencia y a las Compin para suspender la facultad de emisión de licencias médicas a quienes que sean sancionados.

En la última sesión, la comisión estableció penas para los profesionales de la salud pública que incurran en falsedades. Apunta al otorgamiento, obtención o tramitación de licencias médicas o declaraciones de invalidez. Así, la pena será de presidio menor en su grado medio a máximo (541 días a cinco años). A esto se suma una multa de 300 a mil UTM, es decir, de $19.908.000 a $66.360.000 millones.

Por otro lado, determina sanciones para quien use maliciosamente documentos falsos, cualquiera sea la forma en que los haya obtenido. Estas serían iguales a las anteriormente señaladas, pero disminuidas en dos grados.

El proyecto define que las sanciones aplicadas conforme a esta nueva ley deberán anotarse en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud. Junto a esto, las Compin y la Suseso deberán informar a la Superintendencia de Salud las sanciones que imponga.

En cuanto a los plazos de la norma, la comisión también aprobó disposiciones transitorias sobre la entrada en vigencia del proyecto. Aquí establece que los médicos cirujanos, cirujanos dentistas o matronas que emitan licencias tendrán un plazo de 90 días, desde la publicación de la ley, para inscribirse en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud.

Por otro lado, señala que el requisito del Eunacom será exigible a partir de un año de publicada la ley. Si no se cumple con ello, la habilitación caducará de pleno derecho.