A mixta impedimento a deudores de alimentos de acceder a programas de ANID

El proyecto impulsado por el Gobierno se rechazó en su idea de legislar, motivando su paso a una comisión mixta, dado que ya estaba aprobado por el Senado.

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Reforzar el Registro de Deudores de Pensiones de Alimentos, con el fin de hacer más efectiva la persecución de las deudas, en este caso, para quienes busquen financiamiento de programas o instrumentos financiados por la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo (ANID). Ese es el objetivo de un proyecto impulsado por el Ejecutivo y votado en segundo trámite, que se rechazó en su idea de legislar en la Sala de la Cámara.

El texto obtuvo 24 votos a favor, 39 en contra y 57 abstenciones. Dado lo anterior, la propuesta deberá revisarse en una comisión mixta en su conjunto, para subsanar las diferencias con el Senado.

La iniciativa (boletín 16762), votada sin debate, proponía impedir que personas que se encuentren en dicho registro puedan adjudicarse becas y programas.

En definitiva, se modificaba la Ley 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones de alimentos. En ella se establecía la imposibilidad de adjudicación de programas o instrumentos financiados por la ANID.

Entre los fundamentos de la iniciativa, se recuerda que a través de la Ley 21.389 se creó el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos. Este significó un cambio de paradigma en el resguardo y ejercicio de derechos de niños, niñas y adolescentes. Esto, dado que implicó la retención y pago de agentes públicos y privados sobre las personas que integran el registro.

Además, se facultó a los órganos de administración del Estado que adjudican beneficios económicos a incorporar en sus bases, el requisito del adjudicatario de no estar en el registro.

De esta manera, el proyecto buscaba reforzar dicho Registro para hacer más efectiva la persecución de deudas por pensiones de alimentos.

Razones para su rechazo

La propuesta que venía del Senado disponía que, en ningún caso, podrán ser declaradas admisibles las postulaciones, ni ser adjudicados los programas y los diferentes instrumentos ejecutados por la Agencia Nacional de Investigación y Desarrollo a quienes, al momento de la postulación y la adjudicación, respectivamente, tengan una inscripción vigente en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.

Para lo anterior, al momento de la postulación y de la adjudicación, la ANID debía efectuar un proceso de consulta masiva electrónica al Servicio de Registro Civil e Identificación. Es dicho organismo el que debía certificar en línea si el postulante y el presunto adjudicatario tenia una inscripción vigente en el referido Registro en calidad de deudor de alimento.

Si bien la iniciativa no contó con discusión en la Sala, durante su tramitación en la Comisión de la Familia, las y los diputados ya adelantaron su rechazo al articulado. Específicamente, plantearon que la iniciativa no consideraba la adjudicación de otros fondos del Estado.

Finalmente, se encontró poco útil legislar sobre la materia, ya que, de acuerdo a lo informado por la ANID, de las 5 mil postulaciones a las becas, sólo se otorga un 33%. De ellas, solo seis personas se encontraban en el registro de deudores de alimentos y ya se les retuvo el 50% de sus ingresos, como lo determina la ley.