Seguridad Ciudadana comienza votación de nueva Ley Antiterrorista

El texto propone una nueva definición de asociación terrorista, establece penas acorde al nivel de participación dentro de la organización y permite a los fiscales, previa autorización judicial, intervenir redes de servicios de telefonía o de transmisión de datos móviles.

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La Comisión de Seguridad Ciudadana comenzó la votación del proyecto que determina conductas terroristas, fija su penalidad y deroga la y deroga la actual Ley Antiterrorista. La iniciativa  (boletín 16210 y refundidos) proviene del Senado y reúne cinco propuestas legislativas, entre ellas un mensaje presidencial. Este proyecto es parte de la agenda prioritaria concordada entre el gobierno y el Congreso en materia de seguridad.

Su objetivo es modernizar la legislación para superar las dificultades que se han evidenciado en su aplicación eficiente y oportuna. Con este fin, se sanciona la asociación terrorista y se establecen delitos y penas acordes al grado de implicación en la organización terrorista.

Junto a esto, se contempla el delito terrorista individual conexo e inconexo, conocido como “lobo solitario”. Además, se establecen facultades investigativas especiales y cambio de jurisdicción en casos de alta complejidad, entre otras medidas.

Definiciones Ley Antiterrorista

En lo específico, el proyecto sanciona con presidio mayor en su grado mínimo (de 5 años y un día a 10 años) a toda persona que participe de una asociación terrorista. La propuesta, además, determina penas agravadas según sea la función que se cumpla dentro de la asociación terrorista. Es decir, si actúa como reclutador, fundador, financista o jefe de la asociación.

La asociación terrorista se define como toda organización de tres o más personas, con acción sostenida en el tiempo, que tuviere entre sus fines socavar o desestabilizar las estructuras políticas, sociales o económicas del Estado democrático.

También, inhabilitar o afectar gravemente la infraestructura crítica. Sobre todo cuando su inhabilitación pueda producir pérdida de vidas o daños a la integridad física o salud de la población.

A esto se suma imponer o inhibir alguna decisión a una autoridad del Estado. O bien cuando por los métodos previstos para su perpetración o efectivamente utilizados, esos delitos tuvieren la aptitud para someter o desmoralizar a la población civil o a una parte de ella. Así como también si pudieren producir u originar en la población temor generalizado.

Otras normas

El proyecto también señala que se comete un delito terrorista, aun cuando no se forme parte de una asociación terrorista. Para esto señala que se considerará como tal cuando los delitos sean perpetrados para:

  • Socavar o desestabilizar las estructuras políticas, sociales o económicas del Estado.
  • Imponer o inhibir alguna decisión a una autoridad del Estado.
  • Someter o desmoralizar a la población civil o a una parte de ella.

Por otro lado, establece penas especiales cuando el delito terrorista sea cometido por un empleado público en el desempeño de su cargo. Esta consistirá a la pena correspondiente, aumentada en un grado más la pena accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos.

El proyecto determina sanciones para quienes recluten a menores para asociaciones terroristas. Asimismo, incorpora en la normativa el delito terrorista individual inconexo, conocido como la figura del “lobo solitario”.

Así también, permite a los fiscales, previa autorización judicial, a intervenir una o más redes de servicios de telefonía o de transmisión de datos móviles. Esto cuando existan sospechas fundadas, basadas en hechos, de que la información será relevante para la investigación de un delito o asociación terrorista.

Inicio de la votación

Durante esta jornada, la comisión inició el análisis del articulado del proyecto. La primera norma establece la gradualidad de las penas acorde a sus grados de participación. En este punto, el debate se centró primero en la intención de algunos parlamentarios de establecer penas más duras. Sin embargo, desde el gobierno se defendió la necesidad de una gradualidad para favorecer la persecución de las organizaciones terroristas.

Esto porque si se detiene a una persona con un rol menos relevante en la organización, es necesario poder ofrecer salidas alternativas con el fin de tener colaboración de su parte. Sin embargo, la calificación de lo “relevante” también fue objeto de cuestionamientos por parte de las y los diputados. Frente a esto el gobierno se comprometió a presentar una propuesta que recoja las opiniones vertidas en el debate.