Fiscal Nacional advierte vulnerabilidad en persecución de delitos tributarios

Si bien reconoció el trabajo de cooperación entre el Ministerio Público y el Servicio de Impuestos Internos, señaló la necesidad de mejorar su capacidad de iniciar la formalización de investigaciones por delitos tributarios.

2016

delitos tributarios

La comisión que investiga los actos del gobierno en el marco de la llamada Operación Tributos (CEI 46) recibió al Fiscal Nacional, Ángel Valencia. En su presentación ante la instancia explicó el funcionamiento de las normas en materia de persecución de delitos tributarios. Así también, las facultades especiales con las que cuenta el Servicio de Impuestos Internos (SII) en esta materia.

El fiscal señaló que el Ministerio Público se concibió como un órgano autónomo para evitar conflicto de intereses en la persecución de la corrupción pública. Asimismo, como precaución de que pudiese ser empleado para la persecución de los adversarios políticos por parte de los gobiernos.

Sin embargo, se permitió que algunos organismos del Estado conservarán el ejercicio de la acción penal, como es el caso del SII. Esta excepción se justificó para privilegiar la finalidad recaudatoria del servicio. De este modo, la normativa permite que se pueda llegar a un acuerdo reparatorio con el imputado en sede administrativa, para no ejercer la acción penal.

Pero, para el fiscal nacional, la experiencia demuestra que el ejercer o no la acción penal respecto de algunas personas “puede llevar a situaciones bastante arbitrarias”. Y, a su juicio, esto constituye una “vulnerabilidad” respecto de la motivación original de la norma. Es decir, evitar la influencia política en el proceso penal.

Cabe destacar que Valencia aclaró que no es su intención decir que las decisiones actuales “se hayan tomado con ese objetivo”. Sino que, la regulación “hace vulnerable el sistema a alguna autoridad que pudiere en el futuro ejercerla de esa manera”.

Persecución delitos tributarios

El fiscal también señaló que el sistema permite que estos acuerdos ante delitos tributarios se den cuando no hay un interés público más relevante. No obstante, criticó que en estos casos no exista una etapa previa donde el Ministerio Público pueda pronunciarse al respecto.

Esto porque, muchas veces, los delitos tributarios son cometidos por bandas de crimen organizado y para perseguirlas penalmente puede ser conveniente hacerlo por esta clase de infracciones. “A veces sólo esos delitos tenemos”, planteó el fiscal, por esto es importante que sean informados al Ministerio Público.

Desde su perspectiva, la normativa en estas materias debería señalar que, al constatarse en el SII hechos que revisten carácter de delitos tributarios, estos deberían denunciarse al Ministerio Público. Y luego, en función de la cooperación entre ambas instituciones, se defina si iniciar la formalización de la investigación o privilegiar la acción recaudatoria. Esto porque, de otro modo, se impide investigar posibles estructuras criminales donde se puedan estar cometiendo otro tipo de delitos, además de los tributarios.

SII y propuestas legislativas

De todas maneras, el Fiscal Nacional señaló que “sería muy injusto decir que el SII sólo se dedica a recaudar y no colabora con el Ministerio Público”. Aseguró que esto no es así y que han tenido una muy buena relación e incluso han firmado nuevos acuerdos de trabajo. Por ejemplo, para evitar las filtraciones de los procesos con el objetivo de mejorar la persecución de los delitos.

Pero el problema se puede generar en aquellas materias donde no hay acuerdo, ya que eso depende de la disposición de las autoridades a colaborar y no de la regulación orgánica del servicio ni de las instituciones.

Añadió que es necesario considerar que los directores de servicios son funcionarios de confianza política. Por lo tanto, también resultaría preferible que el ministerio pueda forzar la persecución de esta clase de delitos tributarios. Esto porque, “de otra manera, se puede ver obligado a ser un simple instrumento de la autoridad política, a través de la autoridad tributaria, de la persecución política de opositores”.

Frente a esto, parlamentarios señalaron que el tema se debatió en normas legislativas previas. Sin embargo, no se ha logrado un acuerdo para implementarlas. Por esta razón, existen proyectos de ley en trámite en dicha dirección. Así también, consideraron que estos antecedentes deben formar parte de las conclusiones y recomendaciones de la instancia.