Regular por ley la posibilidad de que las policías lleven un registro y almacenamiento audiovisual de sus actuaciones. Ese es el objetivo del proyecto de ley (boletín 15788) que comenzó a debatir la Comisión de Constitución. La moción pretende que estos puedan servir como respaldo y sustento ante los tribunales de justicia con competencia penal. Así, también, para quienes se ven expuestos ante eventuales excesos en las actuaciones de Carabineros.
A juicio de las y los diputados autores de la iniciativa, esta norma permitiría un mejoramiento en la calidad de la prueba. Además, permitiría mayores garantías de probidad y transparencia en las actuaciones de las policías.
Para iniciar el debate de esta norma, la comisión recibió al subsecretario del Interior, Manuel Monsalve. La autoridad explicó a la instancia las indicaciones que el Ejecutivo presentó al proyecto. En primer lugar, proponen sustituir el término “videocámaras”, por “sistemas de registro y almacenamiento audiovisual”. Esto, con el objetivo de utilizar los mismos conceptos establecidos en la Ley de Modernización a las Policías.
Modificaciones del Ejecutivo
El subsecretario informó que otro ajuste es eliminar la obligación de registrar “todas” las actuaciones policiales con sistemas de registro y almacenamiento audiovisual. Entre las razones de esta modificación se encuentra el alto costo que significaría implementar esta medida en todo el país.
En reemplazo de aquello, proponen establecer como regla general la facultad para que los funcionarios policiales puedan grabar ciertas actuaciones. Éstas podrán ser las que se realizan en lugares públicos y de libre acceso. Igualmente, en lugares cerrados cuando se realicen detenciones en flagrancia y registros (con o sin autorización judicial).
Sin embargo, incorpora una excepción a la regla, determinando como obligatorio el uso del sistema en unidades que realicen labores especializadas en el proceso penal. Éstas serán determinadas por Decreto Supremo de la Presidencia.
Otras indicaciones apuntan a tipificar como delito de obstrucción a la investigación la alteración de los sistemas de registro y almacenamiento audiovisual. La norma actual sólo hace referencia a los documentos y antecedentes que manejan las policías, fiscales y asistentes del Ministerio Público.
Registros y almacenamiento audiovisual
En la sesión, de igual modo, participó el asesor legislativo de la Defensoría Penal Pública, Leonardo Moreno. En su intervención valoró los alcances de la norma, sobre todo por el beneficio en transparencia del actuar de las policías frente a la ciudadanía. Junto a esto, valoró que este nuevo recurso sirva como mecanismo probatorio ante hechos delictivos. A su juicio, esto previene la generación de cuestionamientos o debates en sede judicial.
Sin embargo, alertó sobre la modificación propuesta por el Ejecutivo que relativizaría la necesidad de tener un registro audiovisual. Este punto también fue planteado por parlamentarios en el debate de la norma.