El delito de abigeato se encuentra presente, principalmente, en las zonas del centro sur del país. Afecta a personas que viven en localidades rurales. Particularmente, pequeños y medianos productores que poseen un limitado número de animales, que es su principal sustento económico y o fuente de ingresos.
Se calcula que cada año existe el robo de más de 14 mil cabezas de ganado. Desde septiembre a diciembre se incrementa el abigeato y la venta informal de carne.
Al respecto, existen falencias en el sistema persecutor, por falta de resultados en las indagatorias y escasas detenciones de los involucrados. Esto desincentiva la denuncia.
A raíz de ello, diputadas y diputados presentaron tres mociones que buscan implementar nuevas herramientas de investigación que faciliten la sanción penal. Se trata de dos modificaciones al Código Penal en materia de diligencias de investigación y sanción a la asociación ilícita para cometer el delito de abigeato (boletines 11886 y 11890). El tercero, en tanto, cambia otros cuerpos legales en materia de tipificación, sanciones y persecución del delito de abigeato (boletín 12334).
La Comisión de Agricultura revisó y votó las últimas indicaciones a los proyectos refundidos que quedaban pendientes y despachó a la Sala el proyecto.
En la ocasión, se dio a conocer el trabajo de una mesa técnica impulsada por el Ministerio de Agricultura con los asesores parlamentarios. El asesor ministerial, Javier Palominos, explicó que sancionar la asociación ilícita respecto al abigeato ya está regulada en otro proyecto que está pronto a ser ley. Es aquel que modernizará los delitos que sancionan la delincuencia organizada.
Acotó que, en dicho texto, se incorpora como agravante de la responsabilidad penal, la agrupación de dos o más personas destinada a cometer crímenes o simples delitos. Al respecto, la Comisión rechazó lo que proponía el boletín 11890, por 11 votos en contra y una abstención.
Interceptación telefónica
Respecto al boletín 11886, en materia de diligencias para investigar el abigeato, como la interceptación telefónica, se indicó que la actual regulación que autoriza prácticas de investigación intrusivas descansa sobre la gravedad del delito.
En el caso de interceptación telefónica, se contempla en delitos que merezcan la pena de crimen (5 años y un día), como sería en caso de abigeato, con violencia en las personas o fuerza en las cosas.
También, existen normas expresas de estas medidas, cuando se trate de asociación ilícita, como lo establecerá la ley que sanciona la delincuencia organizada.
La instancia aprobó, por 7 votos a favor y 5 en contra, una indicación que reemplaza el artículo original del proyecto. Ésta señala que el Ministerio Público podrá requerir de las policías, con la autorización del juez de garantía, la práctica de diligencias investigativas. Lo anterior, cuando existan fundadas sospechas, basadas en hechos determinados, de que una persona cometió o participó en la preparación del delito. Asimismo, cuando se encuentre preparando el delito y la investigación lo hiciera imprescindible.
Finalmente, se aprobaron indicaciones a la Ley 11.564, que prohíbe los mataderos clandestinos, respecto al destino del comiso de animales y especies destinadas a la matanza y a las multas respectivas.
Uso de aguas grises
En segundo término, los ministros de Medio Ambiente y de Agricultura dieron a conocer el mensaje que promueve el uso de aguas grises en la agricultura (boletín 15765).
Maisa Rojas explicó que la iniciativa surgió frente a la severa sequía producto del cambio climático. Fue fruto del trabajo del Comité Interministerial de Transición Hídrica Justa, que integran seis carteras.
El proyecto modifica la Ley 21.075, que regula la recolección, reutilización y disposición de aguas grises, para poner el foco en su utilización en la pequeña agricultura.
En tanto, Esteban Valenzuela indicó que es una iniciativa “habilitante” de políticas públicas. Se está sacando el veto de su uso para la producción agrícola.
En definitiva, se permitirá el riego silvoagropecuario con aguas que provienen de aguas de servicios domésticos residuales. Esto es, aquel proveniente del lavamanos, duchas, lavaderos y lavatorios.
Se incluirá a cultivos agrícolas y riego de especies arbóreas y arbustos frutales, cereales y cultivos industriales. Igualmente, viveros, cultivos de plantas leñosas y ornamentales, de flores, praderas o empastadas y producción de semillas. Se mantendrá la prohibición para hortalizas a ras de suelo.
En la sesión, se dieron a conocer experiencias de programas de riego impulsados por la Indap, en Nogales, La Calera y Olmué, que tienen un costo entre 3 y 7 millones de pesos.
Los legisladores valoraron la propuesta del Ejecutivo. Sin embargo, se cuestionó la magnitud que tendrá, por su reducido impacto en la agricultura. También por los costos que deberán realizar las y los agricultores para implementarlo.