Aprueban legislar para aumentan requisitos de encuestas de opinión pública electorales

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Dip. Hernando rinde el informe

Elevar los requisitos y exigir mayor transparencia para la publicación de encuestas de opinión pública referidas a preferencias electorales es el objetivo del proyecto (boletín 13894) aprobado en general por la Sala de la Cámara.

La iniciativa se presentó por medio del informe de la Comisión de Gobierno Interior, que rindió la diputada Marcela Hernando (PR), promotora de la propuesta.

Para sus fines, el texto modifica la Ley 18.700, orgánica constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios. Establece que solo se podrá divulgar resultados de las mencionadas encuestas, hasta el cuarto día anterior al de la elección o plebiscito inclusive.

Asimismo, define nuevas exigencias para las instituciones y empresas de encuestas de opinión pública sobre preferencias electorales. Así, se impide divulgar y publicar los resultados, cuando no vengan acompañados de la transparencia activa de un documento técnico. La idea es que este sirva de evidencia y sustento estadístico de los resultados arrojados por dicha encuesta.

Dicho documento deberá detallar, a lo menos, la descripción técnica de la muestra y las fechas del levantamiento. Igualmente, el fraseo exacto de las preguntas utilizadas, el marco muestral utilizado, el margen de error, el método usado para realizar el levantamiento de los datos, el objetivo del estudio, la población estudiada y la existencia de patrocinadores de la encuesta, cuando los hubiere. Asimismo, incluir a los encargados de la encuesta, los responsables de la publicación y el informe de supervisión de terreno, entre otros datos.

Esta información deberá detallarse en un lenguaje claro y comprensible, idealmente, en un formato reutilizable de los datos. Además, la información deberá mantenerse permanentemente publicada.

Otras obligaciones y sanciones

Sala

El proyecto impone el resguardo de los datos personales expresos de las personas encuestadas. Junto a ello, encarga a un reglamento el órgano o institución competente de la fiscalización de estas normas. Adicionalmente, define que dicha normativa incluya la creación del Registro Nacional de Empresas e Instituciones de Encuestas de Opinión Pública de Preferencias Electorales.

Las instituciones o empresas encuestadoras deberán publicar en su página web oficial una memoria anual. En ella se transparentarán las fuentes de ingresos y las relaciones que tengan con empresas, instituciones o actores públicos y privados, entre otros datos.

La propuesta también impone una sanción penal por mentir o manipular dolosamente en las publicaciones. Esta será de presidio menor en su grado mínimo a medio (de 61 días a 3 años y un día). Estará dirigida a los socios controladores, directores o ejecutivos de las encuestadoras.

La misma pena se empleará en los casos de incumplimiento reiterado de la transparencia activa. En esta materia, igualmente, se aplicará multa de 10 a 100 UTM. Esta multa también aplicará cuando se acredite que los antecedentes no cumplen con los contenidos mínimos exigidos o si fueran manifiestamente falsos. En caso de reincidencia o de manipulación dolosa acreditada, se aplicará multa de 500 a 1.000 UTM.

El juez penal también podrá ordenar la eliminación y supresión de las publicaciones en plataformas digitales o redes sociales.

Los medios de comunicación social, cualquiera sea el soporte o instrumento utilizado, solo podrán divulgar los resultados de aquellas encuestas políticas referidas a preferencias electorales que cumplan con los requisitos establecidos en esta ley.

La infracción a lo anterior se sancionará con multa a beneficio fiscal de 40 a 100 UTM.

Debate y votación

Participaron del debate Leonardo Soto (PS), Pepe Auth (IND), Marcela Hernando, Luciano Cruz-Coke (Evópoli), Raúl Saldívar (PS), Juan Antonio Coloma (UDI), Joanna Pérez (DC), Florcita Alarcón (IND) y Pedro Velásquez (IND).

La discusión contó con diversas opiniones respecto de los alcances del texto legal. Para algunos, la propuesta es indispensable para disminuir los tiempos de veda en la publicación (hoy son 15 días). Asimismo, valoraron las nuevas exigencias en materia de transparencia y la aplicación de sanciones para los infractores.

Otros estimaron que no debería incluirse plazo alguno, dado que, en la actualidad, aquello es vulnerado de una u otra forma. De igual modo, se criticaron algunas de las exigencias impuestas, estimando que van más allá de lo razonable.

Justamente, en dicha línea, se presentaron indicaciones que obligarán a una nueva revisión del proyecto en la Comisión de Gobierno Interior. Con ello, solo se votó la idea de legislar, la cual se aprobó por 132 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención.

Convenios internacionales

Dip. Undurraga rinde el informe

En esta sesión, la Corporación también analizó tres nuevos convenios de Chile, en este caso, con los Países Bajos, India y Emiratos Árabes Unidos. Todos ellos obtuvieron 118 votos a favor, 1 en contra y 7 abstenciones y pasaron a segundo trámite.

Los tres convenios apuntan a eliminar la doble imposición en relación con los impuestos sobre la renta y el patrimonio. Además, buscan prevenir la evasión y la elusión fiscal.

Las propuestas (boletines 1474014741 y 14742) se dieron a conocer por medio de los informes de las Comisiones de Relaciones Exteriores y de Hacienda, rendidos por el diputado Francisco Undurraga (Evópoli) y la diputada Sofía Cid (RN), respectivamente.