Proyecto que facilita a las ATE transformarse en personas jurídicas sin fines de lucro encabeza tabla de la Sala

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El proyecto que facilita a las Entidades Pedagógicas y Técnicas de Apoyo (ATE) transformarse en personas jurídicas sin fines de lucro (boletín 11843), conforme a los nuevos requerimientos de la Ley de Inclusión Escolar, encabeza la tabla de la Sala de la Cámara de Diputados para este martes 6 de agosto.

La propuesta legal se presenta en la Corporación en tercer trámite legislativo, luego que el Senado introdujera algunos cambios acotados al texto despachado por la Cámara. En lo principal, la diferencia entre ambas instituciones apuntan a cuatro aspectos:

1. El Senado eliminó el plazo límite establecido para que las entidades se transformen en personas jurídicas sin fines de lucro. La Cámara establecía como fecha final el 31 de marzo de 2019.

2. En el segundo trámite también se eliminó la referencia que indicaba que, al 8 de julio de 2018, se entenderá que las ATE no han salido del Registro de Personas o Entidades Pedagógicas y Técnicas de Apoyo y que dicha condición solo cambiaría si la transformación jurídica no se efectuaba al 31 de marzo de 2019.

3. El Senado también eliminó la mención temporal (entre el 8 de junio de 2015 y la fecha de publicación de esta ley) para que las ATE que se hayan constituido como personas jurídicas sin fines de lucro, así como las personas naturales, puedan solicitar al Ministerio de Educación conservar sus antecedentes relativos a la calidad de los servicios que hubiesen prestado anteriormente y consten en el citado Registro. Con ello la norma queda con un carácter general y abierto.

4. La Cámara estableció que el Ministerio de Educación certificará la calidad de las ATE conforme a las leyes relacionadas en esta materia. El Senado agregó a dicha disposición una norma establece que aquellas entidades que obtengan dos evaluaciones deficientes de manera consecutiva serán eliminadas del Registro.

Cabe recordar que esta iniciativa fue iniciada por el Ejecutivo como respuesta a un problema derivado de la Ley de Inclusión, que exigió que las entidades pasaran a ser sin fines de lucro, pero que no consideró que al realizarse dicho proceso las ATE perdían su continuidad en el Registro de Personas o Entidades Pedagógicas y Técnicas de Apoyo y, por ende, su historial de asesorías, nómina de profesionales, evaluaciones, etc.

La Sala contempla también en su tabla otras tres iniciativas:

1. Una modificación al Código del Trabajo para hacer aplicable el fuero maternal a las funcionarias de la FF.AA., de Orden y Seguridad Pública (boletín 11406).
2. Una modificación a la Ley de Pavimentación Comunal, en materia de ejecución de obras provisorias de emergencia por parte de los municipios (boletín 11288).
3. Un proyecto para perfeccionar la norma sobre licencia profesional (10800).