Aprueban facultades para órganos que otorgarán y administrarán el FES

La Comisión de Educación continúo la votación de normas relacionadas al nuevo financiamiento para la educación superior (FES). Entre ellas, la que crea el Servicio Ingresa.

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La Comisión de Educación de la Cámara prosigue con la votación del proyecto (boletín 17169) que crea un nuevo instrumento de financiamiento público para estudios de educación superior (FES). Dicho mecanismo reemplazará los actuales créditos estudiantiles, incluyendo el Crédito con Aval del Estado (CAE). Además, incluye un Plan de Reorganización y Condonación de Deudas Educativas.

En una de las sesiones de este martes 15 de abril, se avanzó con la aprobación, por mayoría, de las normas que establecen las funciones y facultades de los órganos que intervendrán en el otorgamiento y administración del instrumento financiero.

Sobre la transferencia del financiamiento a las instituciones de educación superior, se calculará multiplicando los valores regulados de aranceles y derechos básicos de matrícula. El tema se especificará a través de un reglamento.

Los estudiantes beneficiarios de becas de arancel contemplados en la Ley de Presupuestos verán restados los recursos cubiertos por dicha beca. En tanto, aquellos que no hayan adscrito anteriormente a la gratuidad -y sólo para financiar el año adicional a la duración nominal-, el Fisco transferirá el 50% de los valores regulados de arancel y derechos básicos de matrícula.

Además, las instituciones deberán eximir a las y los estudiantes de dichos pagos y rendir el financiamiento a la Superintendencia de Educación Superior.

Servicio Ingresa

El grupo parlamentario también respaldó la creación del Servicio Ingresa. Tendrá carácter público, descentralizado, técnico, con personalidad jurídica y patrimonio propio. El organismo será supervigilado por el Primer Mandatario a través del Mineduc.

Entre sus funciones y atribuciones está entregar el beneficio a las personas que cumplan los requisitos y determinar la obligación de pago de cada estudiante. Y, al mismo tiempo, informar al Servicio de Impuestos Internos, la nómina de personas con obligación de pago. Junto a esto, sus respectivos empleadores o instituciones con obligación de retener, con indicación del rol único tributario.

De igual modo, deberá informar a la Tesorería General de la República acerca de los montos que deberá enterar la persona que se benefició con el financiamiento. Asimismo, colaborará con el SII en el proceso de retención de montos de pago y los que deban ser retenidos por parte de empleadores, agentes retenedores o persona pagadora. También tendrá que informar a los empleadores o agentes retenedores respecto de personas sujetas a obligación de pago.

Finalmente, resolver los casos de las personas beneficiarias a las cuales se les haya suspendido el cobro y el pago.

Por otra parte, el Servicio Ingresa estará facultado para exigir, tanto de los organismos públicos como de los privados, los datos personales y la información necesaria para el cumplimiento de sus funciones. Especialmente, se consignarán en este marco la Subsecretaría de Educación Superior, la Dirección del Trabajo y el SII. Igualmente, cualquier otra entidad que mantenga información sobre cotizaciones previsionales.

Dichas informaciones serán de carácter reservado y secreto, que deberá resguardar el personal del Servicio Integra.

Otras normas

Posteriormente, se aprobaron normas sobre el patrimonio del Servicio. Sobre el punto, se contemplará el aporte anual en la Ley de Presupuestos, recursos de leyes especiales, bienes muebles e inmuebles que se le transfieran y donaciones herencias y legados que reciba.

El servicio estará sujeto a normas del Ministerio de Hacienda. Ahora, su dirección y administración corresponderá a su director o directora, quien será nombrado por el Presidente de la República.

También se aprobaron las inhabilidades e incompatibilidades del cargo y las atribuciones que posee. Entre ellas, designar y contratar personal, que se regirá por el Código del Trabajo. Al igual que, representar judicial y extrajudicialmente al Servicio.

Por último, se aprobaron las funciones y facultades del SII en esta materia. Cabe recordar que la entidad fiscalizará la aplicación y el pago determinado en esta ley, además de interpretar sus disposiciones. Asimismo, podrá impartir instrucciones y dictar órdenes conforme al Código Tributario. Adicionalmente, podrá cursar multas a los agentes retenedores que no las realicen o que no las enteren al Fisco o lo hicieran de forma tardía.

Discusión

Diputados de oposición, como Marcia Raphael y Hugo Rey, plantearon que se debería poner otra inhabilidad para el director del Servicio Ingresa. Específicamente, plantearon “no ser profesor de universidades que soliciten financiamiento del FES”.

Por otra parte, la diputada criticó que el financiamiento se cobre en función de los ingresos del estudiante y no se pague por el costo de la carrera.

Stephan Schubert sostuvo que no se conoce la naturaleza jurídica del fondo revolvente y se fija un pago a 20 años, lo que implicaría que algunos estudiantes paguen mucho más de acuerdo a sus ingresos.

El ministro de Educación, Nicolás Cataldo, descartó el punto. Sostuvo que, de acuerdo a un estudio de la Biblioteca del Congreso Nacional, los estudiantes “pagarán menos del costo real de las carreras”.