
Contar con contratos especiales que definan con claridad los derechos y deberes específicos de quienes se desempeñan como salvavidas y de sus respectivos empleadores es el objetivo del proyecto (boletín 16652) por la Comisión de Trabajo.
El texto agrega un nuevo capítulo en el Código del Trabajo. En él se incorpora el contrato laboral de salvavidas. Apunta a trabajadores/as, bajo dependencia o subordinación, que se desempeñan en playas de mar, ríos, lagos, embalses y piscinas.
Para sus fines, se entiende que refiere a personas naturales que se dediquen al servicio de prevenir los accidentes y salvaguardar la vida de quienes acuden a las áreas de baño público.
La propuesta se originó en una moción del diputado Luis Alberto Cuello. También la firman sus compañeras/os de bancada, María Candelaria Acevedo, Nathalie Castillo y Matías Ramírez. Asimismo, la suscriben Daniella Cicardini, Carolina Tello, Diego Ibáñez, Tomás Lagomarsino, Juan Santana y Héctor Ulloa.
Mayor regulación para salvavidas

En la sesión, se aprobó una indicación sustitutiva al proyecto presentada por el Ejecutivo. La subsecretaria del Trabajo (S), María Elizabeth Soto, señaló que la propuesta se originó en un proceso de diálogo social, articulado por la Subsecretaría del Trabajo y nutrido por las voces de quienes conocen en profundidad del trabajo de salvavidas en el país.
Señaló que las y los trabajadores salvavidas se presentan como un sector laboral que posee particularidades distintas a la generalidad de los empleados. “Tienen una temporalidad de funcionamiento determinada, exposición a riegos laborales y la necesidad de una mayor regulación para evitar la existencia de informalidad”, precisó.
La titular anunció que Chile Valora elaborará un perfil ocupacional de salvavidas que permitirá estandarizar las competencias requeridas para ejercer esta labor. “Este perfil será construido por una mesa de trabajo tripartita y su desarrollo comenzará este año (…) Esta medida permite avanzar en el reconocimiento formal, certificación de competencias y mejoras a las condiciones de empleabilidad”, remarcó.
Adicionalmente, indicó que la Dirección de Trabajo ha reforzado su rol fiscalizador, activando operativos durante la temporada estival, en diferentes regiones del país. Además, ha expresado su disposición para coordinarse con los propios trabajadores, con el fin de levantar un diagnóstico detallado de las condiciones de salud y seguridad en sus lugares de trabajo. “Busca prevenir y mejorar las condiciones en el estándar laborar, desde la lógica del acompañamiento”, acotó.
Obligaciones y deberes
La propuesta del Gobierno, que modifica el proyecto original, define el concepto de trabajadores/as salvavidas. Su labor consistirá en la vigilancia y salvamento de bañistas en áreas públicas o privadas, incluyendo playas de mar, ríos, lagos, embalses y piscinas.
También establece que las y los trabajadores salvavidas deberán certificar sus competencias en el Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales establecido en la Ley 20.267, sin perjuicio de las condiciones y matriculas específicas requeridas por la Autoridad Marítima.
Deberán contar con formación, capacitación y competencias que incluyan la gestión de emergencias, primeros auxilios, el uso de elementos de protección personal y dispositivos de salvamentos.
A los empleadores les corresponderá proveer las condiciones necesarias en materia de salud y seguridad. Asimismo, deberán entregar capacitación para el correcto uso de las áreas de baño. Igualmente, adoptando las medidas necesarias para el cumplimiento de la normativa sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas exigibles en todo lugar de trabajo.
En paralelo, instituye que el contrato de trabajo, por la temporada estival, tendrá una duración mínima de tres meses, salvo que la autoridad respectiva fije un tiempo de funcionamiento menor. Lo anterior no será exigible respecto del personal de reemplazo, en caso de incapacidad laboral del empleado, previamente contratado.
En la sesión, también se aprobó una indicación del diputado Luis Alberto Cuello. Ella establece el día 3 de noviembre de cada año como “Día nacional del salvavida”.