
Por 66 votos a favor, 47 en contra y 12 abstenciones, la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó, solo en general, el proyecto (boletín 15630) que modifica diversos cuerpos legales en materia de legítima defensa.
Las y los parlamentarios desestimaron, de esta forma, el criterio de la Comisión de Constitución que, previamente, había manifestado su rechazo a la norma, tras recibir a expertos penalistas y representantes de las policías, quienes cuestionaron diversos aspectos de la propuesta.
En todo caso, la Corporación rechazó la norma de quórum especial, que exigía 77 votos favorables como mínimo. En la votación, se obtuvo 68 votos a favor, 43 en contra y 14 abstenciones.
El debate en la Sala estuvo marcado por el derecho de las personas a la autodefensa, versus los efectos nocivos que, frente a tribunales, tendría la autotutela.
En esa línea, se analizó el uso de la legítima defensa y la dificultad de probar en juicio, la necesidad de acreditar el ánimo o la motivación para su uso.
Es así que primó el criterio de perfeccionar el texto por la vía de indicaciones, con el objeto de mejorar aspectos de interpretación jurídica, evitando su complejización ante el juez.
Participaron en el debate Carmen Hertz, Daniel Lilayu, Lorena Fries, Ana María Gazmuri, Luis Sánchez, Bernardo Berger, Juan Carlos Beltrán, Cristián Araya, Maite Orsini, Leonidas Romero, Lorena Pizarro, Andrés Longton, Leonardo Soto, Agustín Romero, Matías Ramírez y Alejandra Placencia. Intervinieron también Marcela Riquelme, Raúl Leiva, Jorge Rathgeb, Mónica Arce y Johannes Kaiser.
Cambios a legítima defensa
La norma, que para sus fines modifica el Código Penal, busca hacerse cargo de “una agresión ilegítima actual e inminente”. Lo anterior, considerando “la necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla”.
El texto permite las armas de fuego debidamente inscritas, a nombre de quien se defendiese de una agresión ilegítima, o bien, a nombre de su cónyuge, pareja o conviviente, hijo, ascendiente directo o hermano, con quien estuviese conviviendo, permanente o temporalmente.
La norma que no logró la aprobación de la Sala enmienda la Ley 17.798, sobre control de armas. Es sobre estos puntos que también se ingresaron indicaciones. Apuntan a los medios de defensa personal permitidos, como dispositivos de gas pimienta, armas de aire comprimido no adaptadas, o navajas de bolsillo. También aluden a la carga de la prueba, considerando que el proyecto original sostiene que recaerá en el Ministerio Público la responsabilidad de probar la existencia de un delito, o de la participación en él de un imputado.