
En el marco de la sobrepoblación que existe en las diferentes cárceles del país, la Comisión de Constitución despachó a Sala el proyecto que exime de trámites y reduce los plazos para la alteración, ampliación, reparación y construcción de nuevos establecimientos penitenciarios (boletín 17312).
La propuesta original del proyecto detallaba que los complejos beneficiados con esta norma serían los de Alto Hospicio, La Serena, Rancagua y Puerto Montt; el Centro de Cumplimiento Penitenciario (C.C.P.) de Antofagasta y el Centro de Detención Preventiva (C.D.P) Santiago 1. Además, incluía la construcción de nuevos establecimientos penitenciarios en las comunas de Calama y Copiapó.
Sin embargo, durante el debate en la comisión, las y los parlamentarios criticaron que esta definición era demasiado rígida y podía generar problemas a futuro. Por lo tanto, la instancia aprobó una indicación que estableció que esta nueva normativa será aplicable para aquellos establecimientos que el Presidente de la República determine mediante un decreto supremo debidamente fundado.
Plazos centros penitenciarios

La propuesta considera además que el Ministerio de Desarrollo Social y Familia deberá dar prioridad a los informes sobre evaluación técnica y económica en materia de rentabilidad social, que exige la Ley de Concesiones de Obras Públicas, necesarios para el desarrollo de los proyectos. Para esto, se estableció un plazo máximo de 30 días hábiles contados desde el ingreso de los antecedentes a la cartera.
Junto a esto, en el debate de la comisión se buscó reducir también los trámites de evaluación medioambiental. Con este fin, la comisión dispuso que, aprobado un proyecto de construcción de un nuevo establecimiento penitenciario, en su aspecto ambiental, éste solo podrá invalidarse por oficio de la autoridad administrativa.
En el mismo ámbito, en la instancia se discutió la propuesta de legisladores de oposición para modificar los procesos de evaluación ambiental de proyectos de construcción de nuevos establecimientos penitenciarios. Para esto se sugería establecer que los mecanismos de participación de la comunidad solo pudieran realizarse con personas naturales o agrupaciones de la sociedad civil que tuvieran un interés directo e inmediato en el proyecto.
Para ello, se entendería como interés en el proyecto el de las personas naturales o jurídicas con domicilio en la comuna afectada o en cualquiera de sus colindantes.
Algunos diputados y diputadas criticaron la propuesta porque estaría en contra de la participación ambiental de la ciudadanía. Además, esta situación afectaría incluso la posibilidad de perfeccionar la propuesta. En razón de aquello se votó la admisibilidad de la propuesta, la cual se aprobó. No obstante, al momento de ser votada la indicación esta no alcanzó el quorum necesario para su aprobación.
Finalmente, la comisión acordó que el diputado Gustavo Benavente (UDI) presente el informe del proyecto en la Sala de la Cámara.