Prohíben porte de armas a procesados o condenados por VIF

La iniciativa, aprobada por la Sala de la Cámara y enviada al Senado, prohíbe el portar o tener armas de fuego a las personas procesadas o condenadas por violencia intrafamiliar.

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La Sala de la Cámara aprobó y despachó al Senado, el proyecto (boletín 15936) que modifica diversos cuerpos legales para prohibir el porte y tenencia de armas de fuego a personas procesadas o condenadas por violencia intrafamiliar (VIF).

La iniciativa se originó en una moción de autoría de la diputada Lorena Fries (FA). La firman también, desde la bancada del Frente Amplio, María Francisca Bello, Diego Ibáñez, Javiera Morales, Marcela Riquelme, Clara Sagardia, Emilia Schneider, Gonzalo Winter y Gael Yeomans. Igualmente la suscribía la exdiputada Mercedes Bulnes, fallecida en 2024.

El texto propone incorporar como presunción de situación de riesgo inminente de sufrir VIF, el hecho de tener armas inscritas. Ante ello, establece que, en caso de intimidación, por parte de quien agrede, el juez aplicará de manera preventiva, como medida cautelar, la prohibición de porte y tenencia y, en su caso, el comiso de armas de fuego.

Agrega que la demanda o denuncia debe estar fundada en un hecho que afecte la vida, integridad física y/o psíquica, libertad o indemnidad sexual de la víctima. Junto con ello, que la persona denunciada se encuentre autorizada para el porte, tenencia o transporte de armas de fuego. También, cuando se encuentre en posesión o tenencia de un arma de fuego sin la autorización correspondiente.

Para poder evaluar esta situación de riesgo se habilita el acceso del juez/a de familia a los registros de la Dirección General de Movilización Nacional. Estos deberán estar a disposición de los Tribunales de Familia, para efectos de revisar si el denunciado se encuentra autorizado para la tenencia o porte de armas de fuego.

Medidas especiales

En el caso de personas condenadas, la norma establece la prohibición de tener armas de fuego y se ordena su decomiso en caso de tenerlas. Al respecto, se informará a la Dirección General de Movilización Nacional quienes, en un plazo no mayor a 24 horas, deberán realizar la anotación de prohibición de porte, tenencia o uso de armas de fuego.

Dentro del mismo plazo, se comunicará a Carabineros de Chile para practicar la incautación de las armas, municiones y cartuchos que estuviesen en posesión del denunciado.  

Agrega que, tratándose de miembros de las Fuerzas Armadas, de Carabineros de Chile, de la Policía de Investigaciones o de Gendarmería de Chile, se deberá comunicar a la institución a la que pertenece para los fines legales y reglamentarios que correspondan.

A su vez, plantea que la persona condenada podrá solicitar que no se le imponga la prohibición de tener armas de fuego y decomisarla, en caso que su profesión lo requieran. Esto deberá ser debidamente acreditado. El tribunal deberá resolver dicha solicitud fundadamente y la rechazará si de ello resulta un peligro cierto y grave para la víctima.

Además, se modifica la ley 19.968, que crea los Tribunales de Familia. En este marco se incorpora la prohibición de tenencia y porte de armas para todos los que están siendo procesados, teniendo acceso directo al registro. Y, en caso de que haya razones para que el juez/a sospeche que existe tenencia ilegal de armas, se podrá oficiar al Ministerio Público para que se investigue.

Debate

En la discusión intervinieron Carolina Tello (FA), Lorena Fries (FA), Ana María Bravo (PS), Johannes Kaiser (IND), Alejandra Placencia (PC), Cristián Araya (PREP), María Francisca Bello (FA), Francesca Muñoz (PSC), Marlene Pérez (IND), Daniela Serrano (PC), Flor Weisse (UDI), Patricio Rosas (FA), Henry Leal (UDI), Andrés Jouannet (AMA), Maite Orsini (FA), Álvaro Carter (UDI), Juan Carlos Beltrán (RN), Stephan Schubert (IND), Miguel Ángel Becker (RN), Cristián Tapia (IND), Jorge Rathgeb (RN) y Marcela Riquelme (FA).

Durante el debate, las y los legisladores, mayoritariamente, valoraron la iniciativa como un aporte a avanzar en disminuir la violencia contra las mujeres, niñas y niños en la esfera privada.  

Señalaron que, en Chile, el 93% de las armas inscritas, activas, pertenecen a hombres. En este contexto, resaltaron que, en 2022, los femicidios consumados con armas de fuego correspondieron a un 23,8%. En 2023, en tanto, la cifra llegó a un 15%.

Plantearon que es necesario prohibir que las personas que estén en procesos de violencia intrafamiliar puedan portar o tener armas de fuego. Asimismo, sostuvieron que el Estado debe proteger a las mujeres, niños y niñas que víctimas de este flagelo. 

Por otro lado, se criticó que se deja fuera a quienes poseen armas ilegales, sabiendo que ahí están las mayores complejidades.    

En representación del Ejecutivo participó la ministra del Interior y Seguridad Pública, Carolina Tohá. Valoró la iniciativa e hizo un llamado a todos los sectores a respaldarla.

Señaló que la norma establece que la medida de restricción del arma de fuego se va a poder aplicar si, en el curso de los antecedentes, hay elementos que muestran que la persona tiene conductas violentas.