A Sala mociones que regulan llamadas publicitarias y de cobranza

En el marco de proyectos abordados por la Comisión de Economía, que regulan estas llamadas, se determinó que las comunicaciones enviadas por escrito deberán indicar su materia o asunto, entre otras obligaciones.

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PL llamadas publicitarias

La Comisión de Economía despachó a Sala dos mociones refundidas (boletines 15610 y 16041) relacionadas con las llamadas publicitarias y de cobranza.

El grupo parlamentario respaldó que las comunicaciones enviadas por escrito deberán indicar su materia o asunto; así como la identidad del remitente. Además, una forma expedita para que el destinario pueda solicitar la suspensión de estas.

Una vez solicitada dicha suspensión, el envío de nuevas comunicaciones quedará prohibida, De tal modo, será responsabilidad del mandante probar que contó con el consentimiento legal del titular.

Además, se establece un máximo de contactos telefónicos, visitas u otras actuaciones de cobranzas por semana, respecto de una determinada deuda.

Lo anterior, independientemente de si la gestión la realiza el proveedor del crédito o una empresa de cobranza extrajudicial.

Asimismo, el contacto telefónico o la gestión de cobranza deberá efectuarse mediante un número telefónico u otra fuente que sea reconocible o identificable previamente por el usuario.

Llamadas publicitarias 

La primera moción modifica la ley N°19.496. La normativa establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores, de tal manera de prohibir llamadas telefónicas publicitarias de proveedores sin consentimiento del consumidor (boletín 15610).

Asimismo, señala que a pesar de los esfuerzos legislativos, así como del Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC), estas llamadas spam aumentaron un 94% en 2021.

Además, ese mismo año, Chile subió en el ranking de países con más spam telefónico, según un estudio de la aplicación True Caller, con un llamado cada dos días en promedio. El 70% de dichas llamadas son para la venta de algún producto no solicitado.

Sus autores son las diputadas y diputados Gonzalo Winter (FA), Boris Barrera (PC), Alejandro Bernales (PL), Mercedes Bulnes (IND), Lorena Fries (FA), Javiera Morales (FA), Maite Orsini (FA) y Marcela Riquelme (FA).

Cobranzas 

La segunda moción modifica normas legales en materia de identificación de llamados telefónicos promocionales, publicitarios y de cobranza extrajudicial (boletín 16041).

Si bien la normativa explica que se establecieron ciertos parámetros dentro de los cuales los acreedores o las empresas de cobranza pueden realizar sus gestiones, existen e numerosas quejas de consumidores. Estas refieren que, a pesar de la regulación, las empresas de cobranza extrajudicial continúan ejerciendo acciones que podrían considerarse acoso u hostigamiento.

Sus autores son las diputadas y diputados Jaime Araya (IND), Carlos Bianchi (IND), Raúl Soto (PPD), Cristián Tapia (IND), Héctor Ulloa (IND), Mónica Arce (IND), Marta González (IND), Carolina Marzán (PPD), Helia Molina (PPD) y Camila Musante (IND).