La Comisión de Derechos Humanos de la Cámara avanzó en la votación en particular del proyecto de ley que modifica y fortalece la ley 20.609, que establece medidas contra la discriminación (boletín N° 12.748)
La iniciativa busca actualizar la actual normativa conocida como Ley Zamudio. Su objetivo es fortalecer la prevención de la discriminación, promover y garantizar de mejor manera el principio de igualdad. Para ello, dota de mayor eficacia a la acción de no discriminación que consagra la referida ley.
El proyecto, entre otros aspectos, considerará como discriminación arbitraria todo acto, práctica y/o tratamiento médico, psicológico, psiquiátrico o de cualquier otra naturaleza que tenga como objetivo modificar la orientación sexual o la identidad y expresión de género de una persona o un grupo de personas.
En la ocasión fueron desestimadas por la comisión varias indicaciones relacionadas con acciones que podrían ser causales de discriminación, tales como: la castración química, las terapias de desmasculinización en hombres y terapias de desfeminización en mujeres, entre otras de similar índole.
Asimismo, aquellas terapias que hagan uso de la desnudez forzada, aislamiento, confinamiento, agresiones verbales y humillaciones, así como la medicación forzada.
La instancia respaldó que no se considerará discriminación arbitraria cualquier programa o servicio de apoyo, conocido y consentido por la persona e informado al representante legal de su elección, en el caso de niños, niñas o adolescentes o de las demás personas que la ley considere incapaces.
Esto, siempre que promoviendo el respeto a la diversidad y a la no patologización de dichos aspectos, tenga como fin exclusivo proporcionar un acompañamiento integral en el proceso de autoconocimiento de la orientación sexual identidad o expresión de género.