La Comisión de Constitución aprobó y despachó a la Sala un proyecto (boletín 15796) que modifica el Código Penal. Su objetivo es tipificar el delito de tenencia de celulares u otros elementos tecnológicos que permitan a las personas privadas de libertad comunicarse con el exterior.
La norma fue aprobada en general por la Cámara en marzo de 2023. Busca impedir que se desarrollen estafas telefónicas o extorsiones en los recintos penitenciarios.
Cabe señalar que, en noviembre de 2022, se publicó la Ley 21.494. Ella tipificó como delito el ingreso, por parte de cualquier persona, de elementos prohibidos que permitan a los reos comunicarse con el exterior.
La iniciativa busca complementar la norma recién mencionada, estableciendo penas a quienes tengan en su poder celulares o elementos que permita a los reclusos tener contacto con el exterior de los recintos penales.
La propuesta se impulsa entendiendo que existe un gran número de delitos, como estafas telefónicas o extorsiones, que se realizan desde las cárceles. Además, los aparatos y las mismas comunicaciones se constituyen en mercancías para el desarrollo de comercio ilícito dentro del penal.
Sanciones
El proyecto establece la sanción de pena de presidio menor en su grado mínimo a medio (desde 61 días a 3 años y un día) al que, encontrándose privado de libertad en un establecimiento penitenciario, tuviese en su poder celulares, parte de ellos, chips o aparatos de telecomunicación.
También se castigará al funcionario público que, conociendo esta tenencia, no la denuncie a la autoridad del establecimiento penitenciario. La sanción será de presidio menor en su grado mínimo (61 días a 540 días). Asimismo, se le aplicará una suspensión en su grado mínimo a inhabilitación absoluta temporal en cualquiera de sus grados para el ejercicio del cargo u oficio.
La diputada Karol Cariola (PC) entregará a la Sala el informe respectivo.