La Comisión de Hacienda aprobó, en forma unánime, todas las indicaciones presentadas por el Ejecutivo para crear una Pensión Garantizada Universal (PGU), las cuales vienen a reemplazar la Ley Corta de Pensiones (boletín 14588), que ya había sido despachada por la Comisión de Trabajo.
Previo a ello, los ministros de Trabajo, Patricio Melero, y de Hacienda, Rodrigo Cerda, respondieron una serie de preguntas realizadas por las y los parlamentarios. Entre ellas, si la propuesta contempla la cuota mortuoria, a lo que el ministro Melero aseguró que sí y que lo mismo ocurriría con las rentas vitalicias.
En relación a la consulta sobre el número de personas beneficiadas, el ministro del Trabajo aseguró que solo un 6% de los pensionados recibe una pensión por sobre los 630 mil pesos. En tal plano, el restante 94% recibiría el beneficio de 185 mil pesos adicionales. Por eso, según el ministro, se habla de un 90% de cobertura total.
Los representantes del Ejecutivo reiteraron que la iniciativa que crea la PGU entrega un monto máximo de $185.000 para todos los adultos mayores de 65 años que no se encuentren en el 10% más rico de la población. El nuevo aporte beneficiaría a 2,4 millones de personas.
En cuento al informe financiero de la propuesta, se anunció que será revisado en la sesión de esta tarde, de 15:00 a 17:00 horas.
Datos de la PGU
El gobierno indicó que su propuesta contempla los siguientes aspectos:
- Es una pensión de carácter no contributivo.
- Sustituye a los actuales beneficios del Pilar Solidario, tanto a la Pensión Básica Solidaria Vejez como al Aporte Previsional Solidario de Vejez.
- Es complementario al ahorro previsional individual.
- La pueden recibir pensionados, bajo cualquier modalidad de pensión, y adultos mayores que se encuentren laboralmente activos.
- El financiamiento será de cargo fiscal.
- Será administrado, otorgado y pagado por el Instituto de Previsión Social, el que estará supervisado por la Superintendencia de Pensiones.
Requisitos de acceso:
- Haber cumplido 65 años.
- No pertenecer al 10% más rico de la población de 65 años o más.
- Acreditar residencia de al menos 20 años, contados desde los 20 años de edad.
- Tener una pensión menor a la pensión superior ($1.000.000).