La Sala aprobó en su debate legislativo, durante la presente semana, nueve iniciativas legales, entre las que destaca la aprobación de la idea de legislar del proyecto que establece un Royalty Minero (boletín 12.093).
La iniciativa, que fue remitida nuevamente a la Comisión de Minería, establece una compensación a favor del Estado por la explotación de la minería del cobre y del litio, equivalente al 3% del valor ad valorem de los minerales extraídos; recursos que se destinarán en un 50% a un Fondo de Convergencia Regional para financiar proyectos de desarrollo regional y comunal y el otro 50% directamente a financiar proyectos que contemplen medidas de reparación, mitigación o compensación de los impactos ambientales provocados por la actividad minera en las comunas en donde se encuentren los yacimientos respectivos.
Asimismo, el miércoles 24 también se aprobó en general el proyecto de ley que fomenta las compras públicas sustentables (boletín 12.178), cuyo objetivo, a través de una modificación a la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, es estipular que en las bases de licitación y en la evaluación de las propuestas se otorgue prioridad al oferente que cuente con políticas internas orientadas a la producción limpia de sus actividades comerciales.
Se priorizarán, también, los contratos con proveedores que utilicen procesos, materiales e insumos que tengan un menor impacto ambiental en las actividades productivas.
A su vez, se remitió a tercer trámite, el proyecto respaldado por la Cámara, pero con modificaciones, que sanciona penalmente a quienes ingresen elementos prohibidos a los establecimientos penitenciarios (boletín 13.740).
El texto aprobado por la Cámara sanciona al que, sin estar legal o reglamentariamente autorizado ingrese, intente o permita ingresar a un establecimiento penitenciario elementos tecnológicos prohibidos que permitan comunicarse con el exterior. La sanción en estos casos será de presidio menor en su grado mínimo a medio, es decir, 61 días a 3 años.
Si la conducta es cometida por abogados, procuradores o empleados públicos, como los gendarmes, estos no podrán optar a la sanción en su grado mínimo, y recibirán en forma adicional la sanción de suspensión a inhabilitación absoluta temporal para el ejercicio de la profesión y del cargo u oficio.
En tanto, a segundo trámite constitucional, fueron remitidos tres proyectos, originados en mensaje y en mociones parlamentarias. El primero, un mensaje del Ejecutivo, extiende hasta el 31 de diciembre de este año, la vigencia del beneficio de extinción de multas por circular un vehículo sin dispositivo electrónico de pago de peajes o tarifas (boletín 14.096).
En segundo lugar, una moción que modifica la ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, para establecer un criterio de igualdad entre hombres y mujeres en materia de denominación de bienes nacionales de uso público cuya administración corresponda a las municipalidades (boletín 12.455).
La futura norma precisa que “Las municipalidades propenderán a que la denominación que se le asigne a tales bienes, y siempre que estos correspondan a nombres de una persona natural, se efectúe equitativamente entre hombres y mujeres”, ya que al revisar los antecedentes actuales se verifica que, por ejemplo, en la ciudad de Santiago, solo el 8% de las calles de la capital tienen el nombre de una mujer destacada.
Por último, por unanimidad , la iniciativa legal que regula las Sociedades Anónimas Deportivas Profesionales, en materia de fiscalización de las federaciones y asociaciones que agrupan organizaciones deportivas profesionales (boletín 12.371).
La iniciativa establece que la Comisión para el Mercado Financiero fiscalizará a las asociaciones constituidas como federaciones deportivas nacionales, que deseen organizar, producir y comercializar espectáculos deportivos profesionales, los que podrán denominarse ligas. Se precisa que ellas tendrán este exclusivo objeto y estarán formadas por organizaciones deportivas profesionales.
Jueves 25
En la sesión del día jueves, se debatió el proyecto que establece el sistema de garantías de los derechos de la niñez (boletín 10.315); el cual tras un extenso debate y la solicitud de 39 artículos de votación separada, fue remitido a una comisión mixta que dirima las diferencias presentadas entre la Cámara y el Senado.
Entre los aspectos rechazados, que habían sido previamente aprobados por el Senado, se encuentran algunas normas referidas al resguardo del interés superior de niños, niñas y adolescentes, en particular al procedimiento para la evaluación y determinación de este interés; que el Estado deba garantizar progresivamente la educación parvularia; sobre amenaza y vulneración no grave y grave de derechos de NNA y sobre la posibilidad de una acción de reclamación por ilegalidad.
Los representes de la Cámara en la comisión mixta serán los diputados Gonzalo Fuenzalida (RN), Gustavo Sanhueza (UDI), Luis Rocafull (PS), Marcelo Díaz (IND) y Matías Walker (DC).
Por otra parte, la Cámara aprobó el informe de Comisión mixta recaído en el proyecto de reforma constitucional que amplía el plazo de autorización para que el Congreso Nacional sesione por medios telemáticos, por 107 votos a favor, 21 en contra y 3 abstenciones, por un plazo de hasta dos años, debido a la actual pandemia de Covid-19.
Viernes 26
Finalmente, la Sala de la Cámara realizó una sesión especial el día viernes, para debatir en forma exclusiva el proyecto de ley presentado por el Ejecutivo, que establece un nuevo Bono de Clase Media y un préstamo solidario, para poder enfrentar la crisis económica derivada de la pandemia por Covid-19.
El texto aprobado por 138 votos a favor y 2 en contra, en su primer trámite y remitido al Senado, establece para las personas naturales entre 18 y 65 años de edad, que cuenten con ingresos superiores al ingreso mínimo mensual y que hayan experimentado una disminución de al menos un 20% en su ingreso mensual, un bono escalonado y decreciente que parte en 500 mil pesos, para aquellos que tuvieran rentas de hasta un millón 500 mil pesos en 2019.
Los beneficiarios cuyo ingreso promedio sea mayor al ingreso mínimo y menor o igual a $408.125, no requerirán acreditar caída de ingresos (boletín 14117).