En una jornada dividida en dos sesiones, la Comisión de Gobierno Interior continuó con la discusión del alcance de las modificaciones introducidas por el Senado al proyecto de ley de Migración y Extranjería (boletín 8970).
La iniciativa, que contempla los aspectos orientados, según el Mensaje del Ejecutivo, a una migración ordenada, regulada y segura, será debatida en su tercer trámite constitucional por la Cámara en la sesión de este jueves 8 de octubre, oportunidad en la que la diputada Joanna Pérez (DC) expondrá el informe de las recomendaciones adoptadas por la comisión que preside.
Cabe recordar que este proyecto de ley fue presentado en junio de 2013, durante la primera administración del Presidente Sebastián Piñera, el cual presentó indicaciones al texto en abril de 2018, tras lo cual fue aprobado por la Cámara y despachado al Senado en enero de 2019.
De esta manera, el grupo parlamentario durante esta jornada partió con el análisis de los artículos 34 y 35 del texto proveniente del Senado, cuyo contenido se mantuvo, y que dicen relación con la aplicación e informe de causal y la aplicación de prohibición de ingreso y recurso administrativo especial. De igual manera avanzaron al párrafo sobre permanencia transitoria, donde se establecen campos como la obligación de los residentes temporales de comunicar el cambio de domicilio y la acreditación de los medios lícitos de subsistencia que permitan su permanencia en el país.
Uno de los elementos centrales, descritos por el Ejecutivo en la sesión, indica que el decreto supremo establecido en la normativa definirá para cada subcategoría migratoria la admisibilidad de la postulación a la residencia definitiva, siendo siempre admisible en las situaciones descritas en la iniciativa, a la que se agregan mujeres víctimas de trata y tráfico de migrantes, o de violencia de género o intrafamiliar, en conformidad a la legislación nacional; y extranjeros a quienes se les otorgue residencia temporal en virtud del principio de reciprocidad o que, en virtud de otros tratados internacionales, debidamente ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, tengan derecho a dicha residencia.
La instancia también respaldó las modificaciones del Senado en relación al arriendo o subarriendo de piezas o habitaciones a extranjeros. Así, el arrendador o subarrendador que arriende o subarriende un inmueble, cuyos estándares incumplan las condiciones mínimas establecidas en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, será sancionado.
La comisión también recomendará aprobar las modificaciones del Senado sobre la disposición de prohibición de ingreso, donde se señala que esta medida podrá disponerse por un plazo determinado y será formalizada mediante resolución exenta del Director Nacional del Servicio de Migración. Estas prohibiciones podrán ser suspendidas o revocadas de oficio o a petición de parte y con una determinación de plazo de prohibición de ingreso que podrá ser de hasta veinticinco años. Además, en materia de recurso judicial, se establece que el afectado por una medida de expulsión podrá reclamar por sí o por cualquier persona en su nombre, ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante, dentro del plazo de 10 días corridos contado desde la notificación de la resolución respectiva.
Asimismo, las nuevas funciones de la Subsecretaría del Interior, como la coordinación con los municipios de las propuestas e información pertinente para que la Política Nacional de Migración y Extranjería de cuenta de la realidad local; y que disponga, en concordancia con los objetivos de la Política Nacional de Migración y Extranjería, el establecimiento de mecanismos de regularización de extranjeros que se encuentren en condición migratoria irregular, fijando los requisitos correspondientes, los cuales deberán ser determinados prudencialmente con el objeto de facilitar y promover la regularidad migratoria, pudiendo considerar el tiempo de permanencia en condición migratoria irregular que tuviere el interesado.
Finalmente, la comisión también aprobó algunas normas referidas al reconocimiento de títulos profesionales y técnicos.
Normas rechazadas
Entre las normas que el grupo parlamentario rechazó hubo una en relación al ejercicio de la medicina y profesiones, en la que los integrantes de la Comisión de Gobierno Interior rechazaron la norma que indica que con la autorización del seremi de Salud respectivo, se podrían desempeñar como médicos, dentistas, químico farmacéuticos o matronas, en los lugares de la República que señalase un reglamento del Ministerio de Salud, aquellas personas que acreditaren título profesional otorgado en el extranjero.
Además, que los médicos extranjeros tuviesen un plazo de cinco años para cumplir con las exigencias establecidas en la ley N° 20.261, contado desde la fecha de su primera contratación en los cargos o empleos establecidos en la ley, por considerar que las medidas no iban en sintonía con las actuales modificaciones que se están impulsando.
También, plantearon rechazar las modificaciones del Senado al art. 128, sobre retorno asistido de niños, niñas y adolescentes y el art. 130, respecto de la revocación y suspensión de medidas de expulsión con miras a perfeccionar estos aspectos en una comisión mixta; y la supresión que hizo el Senado sobre las modificaciones al Código del Trabajo, propuestas originalmente por la Comisión de Gobierno Interior, sobre actividades estacionarias o de temporada.