Avanza votación de proyecto que crea Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil

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La Comisión de Constitución de la Cámara de Diputadas y Diputados prosiguió, en sesión telemática, con la votación en particular del proyecto de ley que crea el Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil e introduce modificaciones a la ley sobre responsabilidad penal de adolescentes (boletín 11.174).

En primer término, la instancia aprobó las propuestas del Ejecutivo respecto de los artículos 34 y 39, referidos a los estándares para la aplicación del modelo y a la administración provisional, respectivamente. De este modo, se incorporó que los estándares que elabore el Servicio deberán considerar dimensiones o ámbitos que se refieran a lo menos a derechos humanos, calidad de vida, intervención especializada, recurso humano y gestión organizacional.

En tanto, para consignar como casos calificados que podrán fundamentar la resolución de administración provisional, se incluyó la existencia de indicios de vulneración de derechos de los sujetos de atención, especialmente si existe amenaza a su derecho a la vida o integridad física y/o psíquica; en particular si existen denuncias por vulneraciones de derecho ante el Ministerio Público o tribunales de justicia.

También, cuando en la ejecución del programa se produzcan hechos de violencia entre o contra los sujetos de atención, sin que el organismo acreditado haya reportado dichos hechos y tomado medidas efectivas y conducentes a la protección de los sujetos de atención; y cuando exista una evaluación negativa del desempeño del programa por parte del Servicio acorde a las normas técnicas y estándares de funcionamiento.

A ello, se sumó la reducción de tres a dos meses consecutivos en la definición de atraso reiterado por causa imputable al organismo acreditado en el pago de las remuneraciones o de las cotizaciones previsionales o de salud del personal del programa.

Además, la comisión despachó los artículos que tratan el procedimiento, las funciones y los efectos de la administración provisional; la administración de Cierre;  el pago de los servicios, y el personal y el patrimonio.

Modificaciones al Sename

Respecto del Servicio Nacional de Menores, Sename, se eliminó de sus ámbitos de acción tanto la reinserción social de adolescentes que han infringido la ley penal, como los adolescentes imputados de haber cometido una infracción a la ley penal, incluyéndose en éstos a aquellos sujetos a una medida privativa o no privativa de libertad decretada por el tribunal competente o a una pena como consecuencia de haberla cometido.

Otras disposiciones eliminadas de la labor del Sename son la de crear centros de internación provisoria y centros de rehabilitación conductual para administrarlos directamente.

Además, se precisó que tanto el Director Nacional como los Regionales del servicio, centrarán su acción en la prevención y protección.

En relación a la ley N° 20.032 que establece un sistema de atención a la niñez y adolescencia a través de la red de colaboradores del Sename, y su régimen de subvención, se aprobó eliminar los programas de reinserción para adolescentes infractores a la ley penal.

Normas pendientes

La Comisión de Constitución acordó dejar pendientes los artículos 47, que trata la supervisión de programas de medio libre, y 56, que modifica la ley que establece un sistema de responsabilidad de adolescentes por infracciones a la ley penal, a la espera de una nueva propuesta del Gobierno que incorpore las sugerencias de la Defensoría de la Niñez y de los propios parlamentarios.