Comisión que estudia acusación contra jueza Donoso recibió exposición de abogados

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Abogado de la defensa

La comisión que analiza la acusación constitucional en contra de la ministra de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Silvana Donoso, quien lideró la comisión que otorgó la libertad condicional a Hugo Bustamante, actualmente imputado por el femicidio y violación de la menor Ámbar Cornejo, recibió en su fase de audiencias la exposición de tres abogados expertos en este tema.

Davor Harasic, exdecano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, hizo hincapié en uno de los elementos de la acusación en los que se indica que “se deben tener a la vista como fundamento relevante y esencial el contenido del informe social y psicológico”. Al respecto, criticó que, ni siquiera la acusación, se permite decir que este informe es absolutamente vinculante.

A su parecer, la ministra Donoso no incurrió en un acto doloso, negligente ni inadecuado, que serían los criterios susceptibles de una acusación.

Subrayó que nadie discute que los ministros de las cortes de apelaciones puedan ser acusados constitucionalmente, lo que se discute es que si una ministra o ministro puede ser acusado cuando determina el sentido y alcance de nuestra legislación, haya o no actuado jurisdiccional o administrativamente.

Argumentó que la propia acusación señala que, “si actuó jurisdiccionalmente, no se pueden involucrar” y que, “si se actuó administrativamente, hay que preguntarse si la Cámara tiene facultades para presentar una acusación constitucional”.

El abogado puntualizó que la acusación constitucional contra jueces de las cortes de apelaciones solo puede ser presentada por “notable abandono de deberes”, sin embargo, no se identifica cuál es el deber abandonado ni indica norma nacional o internacional que determine que la jueza actuó contra derecho.

El profesional argumentó, además, que “la Corte Suprema puede, siempre que lo juzgue conveniente a la buena administración de justicia, corregir las faltas o abusos que los jueces o funcionarios puedan cometer, por lo que hay un mundo denominado atribuciones conexas, explicó, que le pertenece a la Corte Suprema y que podría entrar a conocer de la actuación de la ministra Donoso ante esta comisión y ese sería uno de los primeros pasos para analizar la actuación de la ministra Donoso”.

Finalmente, dijo que, si los parlamentarios consideran que los informes de Gendarmería son vinculantes, deben decirlo a través de una ley y eso sí sería un quebrantamiento cuando una persona actué en contra de esa norma. Sin embargo, remarcó que dicha norma, actualmente, no existe en nuestra legislación.

Otros abogados invitados

Abogada

Para continuar recabando antecedentes sobre la acusación constitucional, el grupo parlamentario que preside el diputado Marcelo Díaz (IND) recibió de manera remota a Paula Vial, profesora de Derecho Procesal Penal de la Pontificia Universidad Católica, quien se refirió a la crisis del sistema penitenciario. Estimó que no hay informe ni autoridad que no pueda referirse a esta área sin concluir que se encuentra en una permanente crisis.

La académica planteó que se debe insistir en que, lo que el país necesita para mejorar y evitar volver a vivir situaciones como la aquí debatida, es hacerse cargo de la crisis y evitar el populismo penal, asumiendo el rol de los actores relevantes del tema, como jueces, parlamentarios y Ejecutivo.

Recalcó que hay un contexto en que se toma la decisión y que la solución no se encuentra en sancionar a la jueza Donoso, sino de hacerse cargo de las responsabilidades de todos y mejorar el sistema.

Abogado

Igualmente, el abogado y exsubsecretario Luciano Fouillioux dijo que el informe de Gendarmería no es vinculante y que la ministra no se otorgó más atribuciones que las que la ley le daba.

Consideró que la ministra no cometió delito de ninguna naturaleza, ya que está facultada para la labor que realizó, al tiempo que recalcó que, si bien se trata de una acción que los parlamentarios tienen derecho a presentar, a la larga, de prosperar, debilita la administración de la  justicia.