La Comisión de Obras Públicas continuó el análisis del proyecto, iniciado en moción, que modifica la ley N°18.290, de Tránsito, para aplicar las normas relativas al personal y vehículos de los cuerpos de bomberos y otros de emergencia, al personal y carros del Servicio de Seguridad, Salvamento y Extinción de Incendios de la Dirección General de Aeronáutica Civil (boletín 12867).
En la oportunidad, el cuerpo de legisladores escuchó al director de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), general Víctor Villalobos, y al presidente del Colegio de Técnicos en Salvamento y Extinción de Incendios de la misma institución, Ángelo Muñoz.
Ambos invitados señalaron que el proyecto apunta en la dirección correcta al nivelar las condiciones de quienes laboran en el área de Salvamento y Extinción de incendios de los aeropuertos con las normas aplicables al Cuerpo de Bomberos.
El general Villalobos explicó a la comisión que ellos no sólo manejan la seguridad y los siniestros del área aeroportuaria, sino que prestan ayuda a la comunidad. “En los incendios forestales del 2017, que afectaron a diferentes ciudades, nuestros carros y equipos estuvieron en diversas ciudades apoyando para controlar el fuego”, sostuvo el director de la DGAC.
Por su parte, Ángelo Muñoz destacó la importancia de que todos los equipos de salvataje que trabajen en los aeropuertos, de Arica a Punta Arenas, cuenten con las medidas necesarias para laborar, especialmente cuando salen a apoyar a la comunidad, ya que, por norma, cuentan con radio de acción de hasta ocho kilómetros. “Es importante contar con las licencias clase “F”, que utiliza bomberos, de manera estandarizada”, afirmó.
Las y los diputados acordaron invitar para la próxima sesión a representantes del Cuerpo de Bomberos de Chile y votar en general la moción.
Contenido del Proyecto
La moción plantea que los funcionarios de la DGAC no se encuentran suficientemente resguardados por las normas del tránsito, en el evento de tener que salir del aeropuerto con sus carros bomba, por ejemplo, en caso de accidente de aviación o emergencias de su responsabilidad, por lo que se requiere de un reconocimiento legal explícito, a efectos de facilitar su tarea y que no sufran sanciones en el cumplimiento de su labor institucional.
Actualmente, los vehículos institucionales de los bomberos de aeropuerto, por la especificidad de la labor que realizan, son de mayor peso a los que están autorizados a transitar por las distintas vías del país, por lo que constantemente se encuentran expuestos a infracciones y multas relacionadas con el peso y emisiones de los vehículos, circunstancias que les son ajenas a los funcionarios.
Por lo anterior, la propuesta legal propone que los vehículos de bomberos de la DGAC puedan utilizar dispositivos sonoros como todos aquellos de servicios de emergencia, contar con balizas, gozar del derecho preferente de paso en el ejercicio de sus funciones, y estacionar o detenerse en sitios prohibidos.
También se incorpora a los vehículos del Servicio de Seguridad, Salvamento y Extinción de Incendios de la Dirección General de Aeronáutica Civil, a las excepciones de peso máximos permitidos y al tema de emisión de gases que tienen los carros de los Cuerpos de Bomberos, por las características técnicas de los mismos.