El 15 de abril pasado, la Cámara de Diputadas y Diputados despachó a segundo trámite legislativo un proyecto, iniciado en seis mociones parlamentarias (boletines 13.415, 13.379, 13.380, 13.390, 13.395 y 13.405), que prorrogó la vigencia de los mandatos de las directivas de distintas organizaciones sociales por los efectos del Covid-19.
Sin embargo, en paralelo, en la misma fecha, se envió desde el Senado una iniciativa de similares características (boletín 13420) que pasó a consideración de la Comisión de Gobierno de la Cámara, instancia que emitió una propuesta a la Sala que hoy fue aprobada por la unanimidad de 149 votos a favor.
En lo medular, tal como se explicó en el debate, la redacción del Senado se limitaba a las juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias relacionadas, mientras que el espectro abarcado por el texto de la Cámara era mayor, incluyendo a otras entidades como los sindicatos y comunidades agrícolas.
En dicho contexto, la decisión fue sustituir la propuesta del Senado en su totalidad y reinstalar lo ya aprobado por la Cámara con anterioridad.
Ahora, la iniciativa pasará a un tercer trámite, donde se deberán abordar dichos cambios que, de no ser aprobados, generarían la constitución de una comisión mixta para resolver las diferencias.
Texto despachado
Conforme a lo ya explicado y al texto rendido por el diputado Marcos Ilabaca (PS), el proyecto despachado prorroga el mandato actualmente vigente de los directorios u órganos de administración y dirección de las siguientes asociaciones y organizaciones:
- Las personas jurídicas constituidas conforme a las normas del Código Civil, es decir, las corporaciones de derecho privado o también llamadas asociaciones, así como fundaciones de beneficencia pública.
- Las organizaciones comunitarias funcionales, juntas de vecinos y uniones comunales.
- Las asociaciones de funcionarios de la administración del Estado.
- Las organizaciones sindicales.
- Los directorios de las comunidades agrícolas.
- Las demás personas jurídicas sin fines de lucro regidas por leyes especiales.
En todos los casos mencionados, se requerirá haber cumplido el período para el cual fueron elegidos durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, declarado por decreto supremo 104, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, o en el tiempo en que este fuese prorrogado, si es el caso; o que lo hayan cumplido en los tres meses anteriores a su declaración.
Los dirigentes señalados continuarán en sus cargos hasta tres meses después que el estado de excepción constitucional o su prórroga haya finalizado, plazo en el cual se deberá realizar el proceso eleccionario correspondiente.
La prórroga dispuesta no tendrá aplicación en aquellos casos en que las organizaciones mencionadas ya hubiesen electo nuevos dirigentes durante el espacio temporal mencionado y no exista ningún proceso impugnatorio pendiente.
Cronología del trámite legislativo de las propuestas en debate:
- Diversos grupos de diputadas y diputados ingresaron a trámite legislativo seis propuestas de ley para abordar una prórroga de la vigencia de las directivas de organizaciones sociales, dada la contingencia del Covid-19. Las dos primeras se presentaron el 27 de marzo (boletines 13.379 y 13.380), la tercera el 31 de marzo (boletín 13.390), la cuarta el 1 de abril (boletín 13.395), la quinta el 7 de abril (boletín 13.405) y la sexta el 8 de abril (boletín 13.415).
- También el 8 de abril, en el Senado, se ingresó una iniciativa en la misma línea (boletín 13420), originada por tres senadores.
- El 15 de abril, tanto la Cámara como el Senado despachan a segundo trámite sus respectivas propuestas.
- Hoy, 13 de mayo, la Cámara despachó a tercer trámite, con modificaciones, el proyecto originado por el Senado. Esta última Corporación, a la fecha, no ha analizado en Sala la propuesta de la Cámara, ni la ha despachado desde la Comisión de Gobierno.