A tercer trámite proyecto que amplía acceso del seguro de desempleo por pandemia

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Testera de la Sala

A tercer trámite fue enviado el proyecto que amplía el acceso del seguro de desempleo en el actual contexto de la pandemia del coronavirus (boletín 13401), ello luego que la Sala de la Cámara aprobara la propuesta, pero restando del texto algunas de las normas definas previamente por el Senado.

La iniciativa, que viene a complementar una ley ya vigente que permite el uso del seguro de desempleo para evitar el despido de trabajadores en las empresas (Ley 21.227), fue aprobada en su idea de legislar por 98 votos a favor y seis abstenciones, en sus normas generales, y por 106 votos favorables, en sus normas de quórum.

En lo medular, la propuesta incorpora a las trabajadoras de casa particular a los beneficiarios del sistema planteado por la citada Ley 21.227, que entró en vigencia el pasado 6 de abril. Este punto fue ratificado en particular sin necesidad de votación.

También fue aprobada, al igual que otras variadas disposiciones, una norma referente al acuerdo entre las partes, que tendrá efecto a partir del día siguiente a su firma. Con todo, se indica, podrá acordarse que los efectos se produzcan en una fecha posterior, la que no podrá exceder del primer día del mes siguiente a la fecha de celebración del pacto respectivo.

Sin embargo, no se aprobó un segundo marco de disposiciones relacionado con el pago de cotizaciones previsionales, que venía incorporado en el texto despachado por el Senado y que la Comisión de Trabajo sugirió rechazar. En votación separada, las normas no alcanzaron el quórum mínimo exigido para su aprobación, lo que motivará el ya mencionado reenvío de la propuesta al Senado para la revisión de las diferencias planteadas por la Cámara.

Punto en conflicto

La normativa vigente (Ley 21.227) generó una serie de mecanismos para mantener las fuentes laborales mientras las autoridades competentes tomen medidas sanitarias por la pandemia. Entre las herramientas que figuran se encuentra la suspensión o disminución de la jornada laboral, con previo acuerdo de las partes.

Lo anterior, permite al trabajador/a acceder al seguro de cesantía mientras el empleador siga pagándole las cotizaciones previsionales y de seguridad social, que les corresponden a él por ley. Los mencionados derechos sociales se calcularían sobre el 50% de la remuneración.

Este último punto fue justamente el motivo de la controversia, porque en el texto en trámite el Gobierno realizó una nueva propuesta, en que el pago de las cotizaciones previsionales sería solo un 50% de manera temporal. Esta medida fue rechazada por los y las diputados/as de oposición, quienes señalaron durante el debate que la idea era que el abono fuera del 100% de todos los derechos sociales.

Para dichos parlamentarios, el texto planteado hacía pagar la crisis a los trabajadores y generaba un problema a futuro, porque al pagar el 50% de las cotizaciones previsionales, estás provocarán lagunas que van a reducir sus fondos y, finalmente, van a mermar sus pensiones.