Aprueban en general proyecto que prohíbe corte de suministros básicos

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Medidor de agua

Por 96 votos a favor y 14 abstenciones, la Sala de la Cámara aprobó la idea de legislar de los proyectos (boletín 13.329 y refundidos) que tienen como objetivo prohibir el corte o suspensión del suministro de servicios básicos mientras se extienda el Estado de Catástrofe por la crisis del Covid-19.

La iniciativa, que fue remitida a la Comisión de Economía por haber sido objeto de indicaciones, establece que, decretado por el Gobierno el estado de catástrofe por la pandemia del Covid-19 y durante la totalidad de su vigencia, las empresas proveedoras de servicios básicos domiciliarios no podrán cortar ni suspender su prestación ni continuidad por mora en el pago de los usuarios.

Asimismo, detalla que se entenderá por empresas proveedoras de servicios básicos domiciliarios aquellas que proporcionan agua potable, alcantarillado, energía eléctrica, gas por cañería y sistemas de telefonía e internet.

El proyecto agrega que las deudas de las y los usuarios finales se prorratearán en las cuentas de los 12 meses siguientes a la fecha de levantamiento del estado de catástrofe y su cobro no podrá incorporar multas ni intereses por mora.

Finalmente, la nueva norma señala que la infracción por corte o suspensión de suministros será sancionada con multa, a beneficio Fiscal, que va de mil a dos mil unidades tributarias mensuales.