
Este martes 17 de marzo ingresó, a la Cámara de Diputadas y Diputados, el proyecto de ley que modifica la Ley orgánica constitucional sobre transparencia, límite y control del gasto electoral, para ampliar el plazo de prescripción de la acción penal de los delitos contemplados en dicho cuerpo legal (boletín 13301).
En el mensaje, el Gobierno detalla que este aumento en el plazo “conversa con el plazo de prescripción general de los simples delitos, el cual es de cinco años”.
Actualmente, los delitos de índole electoral prescriben a los dos años, por lo que el Ejecutivo precisa que “dicho plazo resulta excesivamente acotado si se contrasta con la gravedad e importancia de los bienes jurídicos protegidos por dicho cuerpo normativo”.
Adicionalmente, se subraya que “nada justifica tener un plazo de prescripción menor para los delitos consagrados en la ley 19.884, que el plazo de prescripción general que nuestro ordenamiento jurídico contempla para los simples delitos”.
La norma que regula el gasto electoral establece tres delitos:
- Aportes a candidaturas o partidos que excedan en un 40% de lo permitido por la ley.
- Utilizar los aportes o fondos obtenidos del Fisco en una finalidad distinta a la cual están destinados.
- Que el administrador electoral, administrador general electoral o administrador general de fondos de un partido político proporcione antecedentes falsos o certifique hechos falsos.
El proyecto de ley fue derivado para su estudio a la Comisión de Gobierno Interior.