Establecer un sistema de subvenciones para los niveles medios de educación parvularia es el objeto del proyecto de ley (boletín 12436) ingresado por el Ejecutivo a la Cámara de Diputados.
La iniciativa, derivada a la Comisión de Educación para su estudio, busca establecer un sistema de subvenciones para financiar la educación de los párvulos que asistan a niveles medios de la educación parvularia.
Dicho sistema que se pretende crear está compuesto por una subvención base, que puede ser incrementada de acuerdo a un factor de ruralidad, una subvención especial por vulnerabilidad para párvulos prioritarios y preferentes y una subvención de apoyo para párvulos con necesidades educativas especiales.
La subvención base, señala el texto, es de carácter universal y su valor unitario mensual dependerá de la extensión de la jornada, la que podrá ser parcial o completa. La jornada parcial será de cinco horas diarias ininterrumpidas y tendrá un valor de 5,337 U.S.E. (unidad de subvención educacional) y la jornada completa de once horas diarias y su valor será 8,539 U.S.E. En la jornada completa, ocho horas deberán destinarse al servicio educativo y tres al cuidado de los párvulos.
En el caso de la subvención especial por vulnerabilidad, corresponderá a párvulos prioritarios o preferentes según lo que determinen los criterios que establece la ley.
La subvención por vulnerabilidad, detalla el proyecto, será de 0,834 U.S.E. para los párvulos prioritarios y de 0,417 U.S.E. para los preferentes en jornada completa y en jornada parcial de 0,521 U.S.E. para los párvulos prioritarios y de 0,261 U.S.E. para los párvulos preferentes.
La subvención de apoyo a las necesidades especiales, según resalta la iniciativa, beneficiará a párvulos de niveles medios diagnosticados con discapacidad o déficit en su desarrollo psicomotor y su valor será de 2,428 U.S.E. Estas subvenciones se pagarán de acuerdo a la asistencia promedio tal como lo establece el DFL 2 de 1998, del Ministerio de Educación, para la subvención escolar.
Finalmente, para poder optar a las subvenciones que contempla este proyecto, los establecimientos educacionales deben cumplir una serie de requisitos entre los cuales están:
Contar con reconocimiento oficial del Estado; que la entidad sostenedora esté organizada como persona jurídica sin fines de lucro; destinar el financiamiento que obtenga por estas subvenciones a fines educativos; no establecer cobros ni aportes económicos obligatorios; tener al menos un 15% de párvulos prioritarios; utilizar los sistemas de admisión que establece y no estar administrados directamente por la Junta Nacional de Jardines Infantiles ni por la Fundación Integra.