Volver
Proyecto de Ley:
Reforma el artículo 117 de la Constitución Política facultando al Presidente de la República, para convocar a plebiscito en caso de que el Congreso Nacional rechace un proyecto de Reforma Constitucional de iniciativa presidencial.
Legislatura:
332
Fecha de ingreso:
martes 07 de mayo de 1996
Estado
- Archivado
Numero de boletín
1851-07
Materia:
Plebiscito
Iniciativa:
Moción
Cámara de origen
Cámara de Diputados